25/04/2012 I Municipales I Implementan Registro Provincial de Legislación Municipal
El Ministerio Jefatura de Gabinete de la Provincia de Córdoba, mediante una Resolución estableció la creación de dicho registro. Los municipios estarán obligados a publicitar en el mismo sus actos de gobierno.
Mediante la Resolución Nro 21 el Ministerio Jefatura de Gabinete de la la Provincia de Córdoba estableció la creación del Registro Provincial de Legislación Municipal, en el cual todos los municipios deberán publicitar sus actos de gobierno.
A continuación transcribimos lo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con fecha 16 de Abril de 2012:
Resolución Nro 21:
Córdoba, 10 de abril de 2012
VISTO:
Lo dispuesto en el artículo 38 in fine de la Ley Orgánica Municipal N° 8102.
Y CONSIDERANDO:
Que la publicidad de los actos de gobierno dictados en la órbita del ejercicio de la función administrativa municipal conforma uno de los principios básicos de nuestro sistema republicano, su esencia democrática permite que el pueblo pueda conocer la actividad que llevan adelante sus representantes en miras del interés general. Que la Carta Magna Nacional ha consagrado el principio de publicidad de los actos de gobierno, lo que junto a la división de poderes, la elegibilidad de los funcionarios y su responsabilidad, la periodicidad de los mandatos y la igualdad ante la ley, han delineado tradicionalmente la forma republicana, su capítulo I – de las Declaraciones, Derechos y Garantías –
Art. 1° establece que “la Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal”, cuyo fin último es la garantía de las libertades individuales. Que cohesionado, la Constitución de la Provincia de Córdoba dispone en su artículo 15 que “Los actos del Estado serán públicos, en especial los que se relacionan con la renta y los bienes pertenecientes al Estado Provincial y Municipal, la ley determina el modo y la oportunidad de su publicación y del acceso de los particulares a su conocimiento”. Que la Ley Nro. 8835 -Carta del Ciudadano-, hace referencia al derecho al acceso a la información pública, disponiendo que el Estado Provincial adoptará los medios necesarios a los fines de promover y asegurar la participación y los controles ciudadanos, la iniciativa privada, la información amplia y oportuna, la transparencia de la gestión pública, la constante rendición de cuentas y la plena responsabilidad de los funcionarios. Que el artículo 38 de la Ley Orgánica Municipal Nro. 8102, en congruencia a las prescripciones legales supra señaladas, prevé un Registro Provincial de Legislación Municipal, el que quedará conformado por las ordenanzas y decretos emitidos por los gobiernos locales en ejercicio de sus facultades. Que la Dirección General de Asuntos Legislativos constituye el ámbito de competencia para el funcionamiento del Registro.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 18 del Decreto 2565/11 ratificado por Ley Nro. 10029;
EL MINISTRO JEFE DE GABINETE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- IMPLEMÉNTASE, bajo la órbita de la Dirección General de Asuntos Legislativos de esta jurisdicción, el Registro Provincial de Legislación Municipal de conformidad al artículo 38 de la Ley Orgánica Municipal Nro. 8102.
ARTÍCULO 2°.- ENCOMIÉNDASE a la Dirección General de Asuntos Legislativos, la formulación de propuestas para el compendio, compilación y sistematización de la legislación comprendida en el Registro implementado en al artículo primero, y que comprenderán la determinación de: a) la categoría y naturaleza de los actos legislativos y administrativos que integrarán el Registro; b) el soporte o medio a emplear para la registración y publicidad de los actos, y c) el universo material y temporal de los actos a incluir en el Registro.
ARTÍCULO 3°.-DESIGNASE órgano jurídico consultivo, a la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio Jefatura de Gabinete, que prestará asistencia técnica a los fines establecidos en los artículos precedentes.-
ARTÍCULO 4°.- PROTOCOLICIESE, Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y ARCHIVESE.
Dr. OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ
MINISTRO JEFE DE GABINETE
11/03/2025 TALLERES CULTURALES 2025 DE LA MUNICIPALIDAD DE MALAGUEÑO... (leer +)
10/03/2025 MES DE LA MUJER EN MALAGUEÑO... (leer +)
10/03/2025 ACTO DE APERTURA "PEREGRINACIÓN LA BROCHERIANA" EN LA SOCIEDAD RURAL... (leer +)
07/03/2025 LAS FRASES DEL INTENDENTE FEY EN LA APERTURA DE SESIONES ORDINARIAS DEL CONCEJO DELIBERANTE DE MALAGUEÑO... (leer +)
03/02/2025 ÙLTIMA SEMANA DE TALLERES CULTURALES EN MALAGUEÑO... (leer +)
01/02/2025 NUEVA ORDENANZA MUNICIPAL, PROHIBIENDO LA PRESENCIA DE ANIMALES SUELTOS EN LA VÌA PÚBLICA DE MALAGUEÑO... (leer +)
29/01/2025 LA MUNICIPALIDAD DE MALAGUEÑO ORGANIZA TORNEOS DE VERANO DE BEACH VOLEY Y BÀSQUET 3... (leer +)
28/01/2025 TASA DE SERVICIO A LA PROPIEDAD Y TASA DE CLOACAS SERÁN MENSUALES... (leer +)
18/12/2024 LA UNIVERSIDAD POPULAR MALAGUEÑO ENTREGÓ LOS CERTIFICADOS 2024... (leer +)
13/12/2024 FECHAS CONFIRMADAS PARA LAS ESCUELAS DE VERANO DE LOS "POLIS" DE MALAGUEÑO... (leer +)
06/12/2024 SE VIENE LA TEMPORADA DE PILETA EN LOS POLIS DE MALAGUEÑO Y YOCSINA... (leer +)
04/12/2024 CONVOCATORIA A AUDIENCIA PÚBLICA DE LA MUNICIPALIDAD DE MALAGUEÑO... (leer +)
03/12/2024 LA MUNICIPALIDAD DE MALAGUEÑO INVITA A CHARLA "DISCAPACIDAD, COMUNICACIÓN Y DERECHOS"... (leer +)
06/11/2024 EL VIERNES 8 SE CELEBRA EL DÍA DEL EMPLEADO MUNICIPAL... (leer +)
05/11/2024 LLEGA LA FERIA DEL LIBRO MALAGUEÑO 2024... (leer +)